Artículo 153-j. Para elevar la productividad en las empresas, incluidas las micro y pequeñas empresas, se elaborarán programas que tendrán por objeto:
- Hacer un diagnóstico objetivo de la situación de las empresas en materia de productividad;
- Proporcionar a las empresas estudios sobre las mejores prácticas tecnológicas y organizativas que incrementen su nivel actual de productividad en función de su grado de desarrollo;
- Adecuar las condiciones materiales, organizativas, tecnológicas y financieras que permitan aumentar la productividad;
- Proponer programas gubernamentales de financiamiento, asesoría, apoyo y certificación para el aumento de la productividad;
- Mejorar los sistemas de coordinación entre trabajadores, empresa, gobiernos y academia;
- Establecer compromisos para elevar la productividad por parte de los empresarios, trabajadores, sindicatos, gobiernos y academia;
- Evaluar periódicamente el desarrollo y cumplimiento de los programas;
- Mejorar las condiciones de trabajo, así como las medidas de Seguridad e Higiene;
- Implementar sistemas que permitan determinar en forma y monto apropiados los incentivos, bonos o comisiones derivados de la contribución de los trabajadores a la elevación de la productividad que se acuerde con los sindicatos y los trabajadores; y
- Las demás que se acuerden y se consideren pertinentes.
- Xos programas establecidos en este artículo podrán formularse respecto de varias empresas, por actividad o servicio, una o varias ramas industriales o de servicios, por entidades federativas, región o a nivel nacional.
Artículo adicionado DOF . Reformado DOF