Artículo 195.- El escrito a que se refiere el artículo anterior contendrá:
- Lugar y fecha de su celebración;
- Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, y domicilio del trabajador y del patrón;
- Mención del buque o buques a bordo de los cuales se prestarán los servicios;
- Si se celebra por tiempo determinado, por tiempo indeterminado o por viaje o viajes;
- El servicio que deba prestarse, especificándolo con la mayor precisión;
- La distribución de las horas de jornada;
- El monto de los salarios;
- El alojamiento y los alimentos que se suministrarán al trabajador;
- El período anual de vacaciones;
- Los derechos y obligaciones del trabajador;
- El porcentaje que percibirán los trabajadores cuando se trate de dar salvamento a otro buque; y
- Las demás estipulaciones que convengan las partes.