Ley [LFT]

Articulo 330-k

Ley Federal Del Trabajo

Artículo 330-k.- Los Inspectores del Trabajo tienen las atribuciones y deberes especiales siguientes:

  1. Comprobar que los patrones lleven registro de los insumos entregados a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo, en cumplimiento a las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo;
  2. Vigilar que los salarios no sean inferiores a los que se paguen en la empresa al trabajador presencial con funciones iguales o similares;
  3. Constatar el debido cumplimiento de las obligaciones especiales establecidas en el presente Capítulo.

    Artículo adicionado DOF

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