Ley [LFT]

Articulo 512-f

Ley Federal Del Trabajo

Artículo 512-f. Las autoridades de las entidades federativas auxiliarán a las del orden federal en la promoción, aplicación y vigilancia del cumplimiento de las normas de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, cuando se trate de empresas o establecimientos que, en los demás aspectos derivados de las relaciones laborales, estén sujetos a la jurisdicción local.

Párrafo reformado DOF

Dicho auxilio será prestado en los términos de los artículos y .

Artículo adicionado DOF

Citado por 0 leyes