Artículo 53.- Son causas de terminación de las relaciones de trabajo:
- El mutuo consentimiento de las partes;
- La muerte del trabajador;
- La terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del capital, de conformidad con los artículos , y ;
- La incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestación del trabajo; y
- Los casos a que se refiere el artículo .