Ley [LFT]

Articulo 540

Ley Federal Del Trabajo

Artículo 540.- La Inspección del Trabajo tiene las funciones siguientes:

  1. Vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo;
  2. Facilitar información técnica y asesorar a los trabajadores y a los patrones sobre la manera más efectiva de cumplir las normas de trabajo;
  3. Poner en conocimiento de la autoridad las deficiencias y las violaciones a las normas de trabajo que observe en las empresas y establecimientos;
  4. Realizar los estudios y acopiar los datos que le soliciten las autoridades y los que juzgue conveniente para procurar la armonía de las relaciones entre trabajadores y patrones; y
  5. Las demás que le confieran las leyes.
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