Ley [LFT]

Articulo 547

Ley Federal Del Trabajo

Artículo 547.- Son causas especiales de responsabilidad de las y los Inspectores del Trabajo:

Párrafo reformado DOF

  1. No practicar las inspecciones a que se refiere el artículo , fracciones II y III;
  2. Asentar hechos falsos en las actas que levanten;
  3. La violación de las prohibiciones a que se refiere el artículo ;
  4. Recibir directa o indirectamente cualquier dádiva de los trabajadores o de los patrones;
  5. No cumplir las órdenes recibidas de su superior jerárquico; y
  6. No denunciar ante el Ministerio Público, a la persona empleadora de una negociación industrial, de trabajo del campo, minera, comercial o de servicios que omita el pago o haya dejado de pagar el salario mínimo general a una persona trabajadora del campo a su servicio.

    Fracción adicionada DOF . Reformada DOF

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