Ley [LFT]

Articulo 729

Ley Federal Del Trabajo

Artículo 729. Las correcciones disciplinarias que pueden imponerse son:

Párrafo reformado DOF

  1. Amonestación;
  2. Multa, que no podrá exceder de 100 veces la Unidad de Medida y Actualización en el momento en que se cometa la falta. Tratándose de trabajadores, la multa no podrá exceder del importe de su jornal o salario en un día. Para los efectos de este artículo, no se considera trabajadores a los apoderados, y

    Fracción reformada DOF ,

  3. Expulsión del local del Tribunal; la persona que se resista a cumplir la orden, será desalojada del local con el auxilio de la fuerza pública.

    Fracción reformada DOF

    Artículo reformado DOF

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