Ley [LFT]

Articulo 731

Ley Federal Del Trabajo

Artículo 731.- El juez podrá emplear, cualquiera de los medios de apremio necesarios, para que las personas concurran a las audiencias en las que su presencia es indispensable o para asegurar el cumplimiento de sus resoluciones.

Párrafo reformado DOF

Los medios de apremio que pueden emplearse son:

  1. Multa, que no podrá exceder de 200 veces la Unidad de Medida y Actualización en el momento en que se cometió el desacato. Tratándose de trabajadores, la multa no podrá exceder del importe de su jornal o salario de un día. Para los efectos de este artículo, no se considerará trabajadores a los apoderados ni a los funcionarios públicos que incumplan o sean omisos con un requerimiento u orden judicial.

    Fracción reformada DOF ,

  2. Presentación de la persona con auxilio de la fuerza pública; y
  3. Arresto hasta por treinta y seis horas.

    Artículo reformado DOF

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