Ley [LFT]

Articulo 751

Ley Federal Del Trabajo

Artículo 751.- La cédula de notificación deberá contener, por lo menos:

  1. Lugar, día y hora en que se practique la notificación;
  2. El número de expediente;
  3. El nombre de las partes;
  4. El nombre y domicilio de la persona o personas que deban ser notificadas; y
  5. Copia autorizada de la resolución que se anexará a la cédula.

    Artículo reformado DOF

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