Ley [LFT]

Articulo 831

Ley Federal Del Trabajo

Artículo 831.- Hay presunción legal cuando la Ley la establece expresamente o cuando se deriven de la aplicación de alguno de los principios que rigen el derecho del trabajo; hay presunción humana cuando de un hecho debidamente probado se deduce otro que es consecuencia de aquél.

Artículo reformado DOF ,

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