Ley [LFT]

Articulo 910

Ley Federal Del Trabajo

Artículo 910.- El dictamen de los peritos deberá contener, por lo menos:

  1. Los hechos y causas que dieron origen al conflicto;
  2. La relación entre el costo de la vida por familia y los salarios que perciban los trabajadores;
  3. Los salarios medios que se paguen en empresa o establecimientos de la misma rama de la industria y las condiciones generales de trabajo que rijan en ellos;

    Fe de erratas a la fracción DOF

  4. Las condiciones económicas de la empresa o empresas o del establecimiento o establecimientos;
  5. La condición general de la industria de que forma parte la empresa o establecimiento;
  6. Las condiciones generales de los mercados;
  7. Los índices estadísticos que tiendan a precisar la economía nacional; y
  8. La forma en que, según su parecer, pueda solucionarse el conflicto.

    Artículo adicionado DOF

Citado por 0 leyes