Ley [LFT]

Articulo 940

Ley Federal Del Trabajo

Artículo 940.- La ejecución de las sentencias y convenios a que se refiere el artículo de corresponde a los Tribunales, a cuyo fin dictarán las medidas necesarias para que la ejecución sea pronta y expedita.

Artículo adicionado DOF . Reformado DOF ,

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