Ley [LFT]

Articulo 941

Ley Federal Del Trabajo

Artículo 941.- Cuando la sentencia deba ser ejecutada por otro Tribunal se le dirigirá exhorto con las inserciones necesarias, facultándolo para hacer uso de los medios de apremio y dictar las medidas conducentes en caso de oposición a la diligencia de ejecución.

Artículo adicionado DOF . Reformado DOF

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