Artículo 942.- El Tribunal exhortado no podrá conocer de las excepciones que opongan las partes.
Artículo adicionado DOF . Reformado DOF
Artículo 942.- El Tribunal exhortado no podrá conocer de las excepciones que opongan las partes.
Artículo adicionado DOF . Reformado DOF