LIBRO Segundo TÍTULO Sexto CAPÍTULO I
Artículo 1067.- Las servidumbres traen su origen de la voluntad del hombre o de la ley; las primeras se llaman voluntarias y las segundas legales.
Fe de erratas al artículo DOF ,
LIBRO Segundo TÍTULO Sexto CAPÍTULO I
Artículo 1067.- Las servidumbres traen su origen de la voluntad del hombre o de la ley; las primeras se llaman voluntarias y las segundas legales.
Fe de erratas al artículo DOF ,