Ley [CCF]

Articulo 1352

Código Civil Federal

LIBRO Tercero TÍTULO Segundo CAPÍTULO IV

Artículo 1352.- Si la condición es puramente potestativa de dar o hacer alguna cosa, y el que ha sido gravado con ella ofrece cumplirla, pero aquel a cuyo favor se estableció rehusa aceptar la cosa o el hecho, la condición se tiene por cumplida.

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