Ley [CCF]

Articulo 1412

Código Civil Federal

LIBRO Tercero TÍTULO Segundo CAPÍTULO VII

Artículo 1412.- El legado queda sin efecto si la cosa legada perece viviendo el testador, si se pierde por evicción, fuera del caso previsto en el artículo , o si perece después de la muerte del testador, sin culpa del heredero.

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