LIBRO Tercero TÍTULO Segundo CAPÍTULO VII
Artículo 1454.- El legado genérico de liberación o perdón de las deudas, comprende sólo las existentes al tiempo de otorgar el testamento y no las posteriores.
LIBRO Tercero TÍTULO Segundo CAPÍTULO VII
Artículo 1454.- El legado genérico de liberación o perdón de las deudas, comprende sólo las existentes al tiempo de otorgar el testamento y no las posteriores.