LIBRO Tercero TÍTULO Segundo CAPÍTULO IX
Artículo 1497.- Las disposiciones testamentarias caducan y quedan sin efecto, en lo relativo a los herederos y legatarios:
- Si el heredero o legatario muere antes que el testador o antes de que se cumpla la condición de que dependa la herencia o el legado;
- Si el heredero o legatario se hace incapaz de recibir la herencia o legado;
- Si renuncia a su derecho.