LIBRO Tercero TÍTULO Tercero CAPÍTULO III
Artículo 1540.- El testador puede retirar, cuando le parezca, su testamento; pero la devolución se hará con las mismas solemnidades que la entrega.
LIBRO Tercero TÍTULO Tercero CAPÍTULO III
Artículo 1540.- El testador puede retirar, cuando le parezca, su testamento; pero la devolución se hará con las mismas solemnidades que la entrega.