LIBRO Tercero TÍTULO Quinto CAPÍTULO II
Artículo 1649.- La sucesión se abre en el momento en que muere el autor de la herencia y cuando se declara la presunción de muerte de un ausente.
LIBRO Tercero TÍTULO Quinto CAPÍTULO II
Artículo 1649.- La sucesión se abre en el momento en que muere el autor de la herencia y cuando se declara la presunción de muerte de un ausente.