LIBRO Tercero TÍTULO Quinto CAPÍTULO V
Artículo 1761.- Si hubiere pendiente algún concurso, el albacea no deberá pagar sino conforme a la sentencia de graduación de acreedores.
LIBRO Tercero TÍTULO Quinto CAPÍTULO V
Artículo 1761.- Si hubiere pendiente algún concurso, el albacea no deberá pagar sino conforme a la sentencia de graduación de acreedores.