LIBRO Primero TÍTULO Quinto CAPÍTULO V
Artículo 195.- La sentencia que declare la ausencia de alguno de los cónyuges, modifica o suspende la sociedad conyugal en los casos señalados en .
LIBRO Primero TÍTULO Quinto CAPÍTULO V
Artículo 195.- La sentencia que declare la ausencia de alguno de los cónyuges, modifica o suspende la sociedad conyugal en los casos señalados en .