Ley [CCF]

Articulo 2011

Código Civil Federal

LIBRO Cuarto TÍTULO Segundo CAPÍTULO V

Artículo 2011.- La prestación de cosa puede consistir:

  1. En la traslación de dominio de cosa cierta;
  2. En la enajenación temporal del uso o goce de cosa cierta;
  3. En la restitución de cosa ajena o pago de cosa debida.
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