Ley [CCF]

Articulo 2249

Código Civil Federal

LIBRO Cuarto TÍTULO Segundo CAPÍTULO I

Artículo 2249.- Por regla general, la venta es perfecta y obligatoria para las partes cuando se han convenido sobre la cosa y su precio, aunque la primera no haya sido entregada ni el segundo satisfecho.

Citado por 0 leyes