LIBRO Cuarto TÍTULO Cuarto CAPÍTULO I
Artículo 2335.- Pura es la donación que se otorga en términos absolutos, y condicional la que depende de algún acontecimiento incierto.
LIBRO Cuarto TÍTULO Cuarto CAPÍTULO I
Artículo 2335.- Pura es la donación que se otorga en términos absolutos, y condicional la que depende de algún acontecimiento incierto.