LIBRO Cuarto TÍTULO Cuarto CAPÍTULO III
Artículo 2380.- Cuando la donación consiste en bienes raíces que fueren cómodamente divisibles, la reducción se hará en especie.
LIBRO Cuarto TÍTULO Cuarto CAPÍTULO III
Artículo 2380.- Cuando la donación consiste en bienes raíces que fueren cómodamente divisibles, la reducción se hará en especie.