LIBRO Cuarto TÍTULO Decimosegundo CAPÍTULO III
Artículo 2793.- Los demás derechos y obligaciones de las partes, en la compra de esperanza, serán los que se determinan en el título de compra-venta.
LIBRO Cuarto TÍTULO Decimosegundo CAPÍTULO III
Artículo 2793.- Los demás derechos y obligaciones de las partes, en la compra de esperanza, serán los que se determinan en el título de compra-venta.