Ley [CCF]

Articulo 2847

Código Civil Federal

LIBRO Cuarto TÍTULO Decimo Tercero CAPÍTULO V

Artículo 2847.- La quita reduce la fianza en la misma proporción que la deuda principal, y la extingue en el caso de que, en virtud de ella, quede sujeta la obligación principal a nuevos gravámenes o condiciones.

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