LIBRO Cuarto TÍTULO Decimoquinto CAPÍTULO I
Artículo 2894.- Los bienes hipotecados quedan sujetos al gravamen impuesto, aunque pasen a poder de tercero.
LIBRO Cuarto TÍTULO Decimoquinto CAPÍTULO I
Artículo 2894.- Los bienes hipotecados quedan sujetos al gravamen impuesto, aunque pasen a poder de tercero.