Ley [CCF]

Articulo 2931

Código Civil Federal

LIBRO Cuarto TÍTULO Decimoquinto CAPÍTULO III

Artículo 2931.- Llámese necesaria a la hipoteca especial y expresa que por disposición de la ley están obligadas a constituir ciertas personas para asegurar los bienes que administran, o para garantizar los créditos de determinados acreedores.

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