LIBRO Cuarto TÍTULO Segundo CAPÍTULO V
Artículo 3073.- Las demás inscripciones que se practiquen en los folios de las personas morales, expresarán los datos esenciales del acto o contrato según resulten del título respectivo.
Artículo adicionado DOF
LIBRO Cuarto TÍTULO Segundo CAPÍTULO V
Artículo 3073.- Las demás inscripciones que se practiquen en los folios de las personas morales, expresarán los datos esenciales del acto o contrato según resulten del título respectivo.
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