LIBRO Segundo TÍTULO Quinto CAPÍTULO I
Artículo 987.- Los derechos y obligaciones del usufructuario y del propietario se arreglan, en todo caso, por el título constitutivo del usufructo.
LIBRO Segundo TÍTULO Quinto CAPÍTULO I
Artículo 987.- Los derechos y obligaciones del usufructuario y del propietario se arreglan, en todo caso, por el título constitutivo del usufructo.