Artículo 1,011.- En todo caso de entrega, los inventarios de cada uno de los cargos estarán autorizados con las firmas de los Oficiales de cargo respectivos y del Oficial de equipo.
Artículo 1,011.- En todo caso de entrega, los inventarios de cada uno de los cargos estarán autorizados con las firmas de los Oficiales de cargo respectivos y del Oficial de equipo.