Ley [218]

Articulo 1,215

Ordenanza General De La Armada

Artículo 1,215.- Deberán contestarse tiro por tiro, los saludos siguientes:

  1. Los saludos a la plaza.
  2. Los saludos que haga un buque de cualquiera nacionalidad a las insignias de los Oficiales Generales de las Escuadras que no pertenezcan a su propio país, cuando las encuentre en la mar o en puerto.
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