Artículo 906.- Además de lo prescrito en el artículo anterior, considerará en su informe semestral los datos siguientes:
- Condición actual de la máquina, en su concepto, haciendo especial mención de los cilindros, válvulas, bombas de aire y de todos los componentes esenciales.
- Si son nuevas las máquinas y calderas, indicación minuciosa de cómo trabajan, qué resultados se han obtenido, y las cualidades y defectos notados en su funcionamiento. Velocidad máxima que puedan sostener durante doce horas sucesivas, navegando con mar llana, y medios necesarios para conseguir ese andar.
- Cantidad de carbón que puedan contener las carboneras, y, en general, todas las observaciones que su experiencia le sugiera.
- IIIos datos de referencia deberán anotarse en el Diario de máquinas.